Catálogo Escalafonario 2013, ver grupo III
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martes, 4 de diciembre de 2012
miércoles, 5 de septiembre de 2012
jueves, 23 de agosto de 2012
SITUACIÓN LABORAL
Tijuana, B.C. 23 de agosto de 2012
ESTIMABLE PERSONAL DE LA DELEGACIÓN D-II-79
PRESENTE
Con fundamento a la instrucción directa del Secretario General de la Sección 2 del SNTE, M.C.A. Alejandro Gudiño Valenzuela, en oficio: 500, exp. SG/500/12, con fecha del 13 de agosto de 2012, se reitera la indicación de que ninguna plaza de interinato generada por comisiones o licencias sindicales, por asuntos particulares o por incapacidad médica, incluyendo al personal de base docente y no docente o plazas vacantes de la ACE deberá ser cubierta ni por acuerdo interno con la dirección de la escuela hasta no darse la contraindicación por parte de la autoridad sindical ya que se demanda a que: 1) el Sistema Educativo Estatal haga realidad, y no solo prometa la simplificación de sus procesos de: a)selección y contratación de personal; y b)pago de sueldos y prestaciones, anteponiendo y garantizando los mismos; 2) se comprometa por escrito y públicamente ante esta organización sindical y ante la sociedad a cumplir con las obligaciones que como patrón, por ley le corresponden. Con la advertencia de que si la dirección u otras autoridades educativas osen o pretendan entablar relación laboral alguna en forma ilegal y sin la propuesta sindical correspondiente a persona alguna, en ese preciso momento los integrantes de esta Delegación Sindical impedirán la entrada a los edificios de dichas personas ya que se les considerará como esquiroles. Si ésto llegara a suceder es el área jurídica y la Secretaría General Seccional quien procederá conforme a derecho a emplazar a huelga y/o tomar las medidas correspondientes.
Les tendremos informados.
FRATERNALMENTE
"POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO"
Profr. Armando Robles Liceaga
Secretario General
D-II-79
ESTIMABLE PERSONAL DE LA DELEGACIÓN D-II-79
PRESENTE
Con fundamento a la instrucción directa del Secretario General de la Sección 2 del SNTE, M.C.A. Alejandro Gudiño Valenzuela, en oficio: 500, exp. SG/500/12, con fecha del 13 de agosto de 2012, se reitera la indicación de que ninguna plaza de interinato generada por comisiones o licencias sindicales, por asuntos particulares o por incapacidad médica, incluyendo al personal de base docente y no docente o plazas vacantes de la ACE deberá ser cubierta ni por acuerdo interno con la dirección de la escuela hasta no darse la contraindicación por parte de la autoridad sindical ya que se demanda a que: 1) el Sistema Educativo Estatal haga realidad, y no solo prometa la simplificación de sus procesos de: a)selección y contratación de personal; y b)pago de sueldos y prestaciones, anteponiendo y garantizando los mismos; 2) se comprometa por escrito y públicamente ante esta organización sindical y ante la sociedad a cumplir con las obligaciones que como patrón, por ley le corresponden. Con la advertencia de que si la dirección u otras autoridades educativas osen o pretendan entablar relación laboral alguna en forma ilegal y sin la propuesta sindical correspondiente a persona alguna, en ese preciso momento los integrantes de esta Delegación Sindical impedirán la entrada a los edificios de dichas personas ya que se les considerará como esquiroles. Si ésto llegara a suceder es el área jurídica y la Secretaría General Seccional quien procederá conforme a derecho a emplazar a huelga y/o tomar las medidas correspondientes.
Les tendremos informados.
FRATERNALMENTE
"POR LA EDUCACIÓN AL SERVICIO DEL PUEBLO"
Profr. Armando Robles Liceaga
Secretario General
D-II-79
viernes, 13 de julio de 2012
sábado, 7 de julio de 2012
TABULADOR DE SUELDOS
El Comité Ejecutivo Seccional comunica que este viernes 6 de julio ISEP pagará lo correspondiente a las quincenas de Julio y Agosto, y para el Viernes 13 de Julio se estará pagando las diferencias del incremento salarial comprendiendo el período del 1ro. De enero al 30 de agosto para educación básica, y con efectos del 1ro. De febrero al 30 de agosto para homologados transferidos (normales y UPN). De igual forma se informa que el día 17 de julio se pagará la nómina de aclaraciones (extraordinaria) en ISEP.
El viernes 13 de las 11:00 am a la 12:00 pm en el centro de trabajo será el pago para quienes no se les deposita vía bancaria.
El 31 de julio se pagará el 22% en la escuela de 11:00 a 13:00 hrs.
Los tabuladores de sueldos son como siguen:
Claves:321-421 Director secundaria
concepto
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
Sueldo vigente
1 ene 2012
|
Sobre sueldo
(incluye 22%)
|
Total incremento
|
07
|
22,371.86
|
950.80
|
23322.66
|
209.18
|
1159.98
|
Claves:341-441 Subdirector secundaria
concepto
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
Sueldo vigente
1 ene 2012
|
Sobre sueldo
(incluye 22%)
|
Total incremento
|
7A
|
26120.97
|
1110.14
|
27231.11
|
244.23
|
1354.37
|
7D
|
55857.12
|
2373.93
|
58231.05
|
522.26
|
2896.19
|
Claves:363-463-763 Profesor secundaria
concepto
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
(hora/mes)
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
Sueldo vigente
1 ene 2012
|
Sobre sueldo
(incluye 22%)
|
Total incremento
(por número de horas)
|
07
|
414.39
|
17.61
|
432.00
|
3.87
|
21.49
|
7A
|
563.12
|
23.93
|
587.05
|
5.27
|
29.20
|
7B
|
754.69
|
32.07
|
786.76
|
7.06
|
39.13
|
7C
|
996.28
|
42.34
|
1038.62
|
9.32
|
51.66
|
7D
|
1275.15
|
54.19
|
1329.34
|
11.92
|
66.12
|
Claves:1067 Educación artística
concepto
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
(hora/mes)
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
Sueldo vigente
1 ene 2012
|
Sobre sueldo
(incluye 22%)
|
Total incremento
(por número de horas)
|
07
|
406.18
|
17.26
|
423.44
|
3.80
|
21.06
|
Claves:2333 Prefecto
concepto
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
Sueldo vigente
1 ene 2012
|
Sobre sueldo
(incluye 22%)
|
Total incremento
|
07
|
8123.24
|
345.24
|
8468.48
|
75.95
|
421.19
|
Personal de apoyo y asistencia a la educación
clave
|
Sueldo
Vigente
31 dic 2011
(hora/mes)
|
4.25% a partir
1 ene 2012
|
HO
2011
|
HO incremento
|
Total incremento
(incluye 22%)
|
S2810
|
5337.67
|
5561.85
|
973.81
|
1014.71
|
233.18
|
S1803-S1804
|
5508.09
|
5739.43
|
803.37
|
837.11
|
238.77
|
A1803
|
5518.10
|
5749.86
|
793.37
|
826.69
|
239.09
|
A3803
|
5547.23
|
5780.21
|
827.81
|
862.57
|
240.63
|
T3803
|
5779.64
|
6022.38
|
630.49
|
737.86
|
266.36
|
T14807
|
5835.70
|
6080.80
|
800.08
|
833.68
|
252.50
|
T5808
|
5872.27
|
6118.91
|
537.86
|
560.45
|
251.61
|
A1806
|
6131.58
|
6389.11
|
732.07
|
762.82
|
264.30
|
A1807
|
6587.68
|
6864.36
|
1612.39
|
1680.11
|
291.58
|
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